16 oct 2014

GINECÓLOGOS NO ESTÁN OBLIGADOS A PRACTICARLOS. Tribunal Contencioso Administrativo de Uruguay sentencia a favor de la objeción de conciencia contra el aborto

Jueves 16 de octubre de 2014.



RESUMENN VenL. Un fallo del Tribunal de lo Contencioso Administrativo emitido por unanimidad consideró que los artículos recurridos dañan el libre ejercicio de la medicina y la libertad de conciencia como derecho humano, por lo que resolvió suspender su aplicación hasta tanto se pronuncie sobre el recurso de impugnación presentado. Los profesionales que recurrieron la reglamentación argumentaron que la misma trasciende lo perseguido por la ley y les causa un "grave daño". También consideraron que se quitó libertad a los médicos en el asesoramiento de las pacientes y afirmaron que todo lo previsto y regulado solo está dirigido a "la concreción del aborto y no permite brindar un espacio de contención donde puedan valorar otras alternativas". La decisión significa un fuerte revés para las autoridades del Ministerio de Salud Pública que desde un comienzo se enfrentaron a los médicos que invocaron objeción de conciencia frente al aborto y calificaron como ilegal el decreto reglamentario.

Noticia en InfoCatólica.
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