Sábado 5 de noviembre de 2011.
RESUMEN VenL. El Tribunal Constitucional de Chile ha rechazado la demanda formulada por tres parejas que pedían revalidar sus «matrimonios» homosexuales celebrados en otros países. La ministra Marisol Peña ratifica que “La disposición objetada, al reservar la celebración del matrimonio sólo a personas de distinto sexo, no puede estimarse que consagre una diferencia arbitraria o caprichosa, pues es ostensible que su fundamento está en las diferencias naturales entre varón y mujer, que la ley legítimamente ha estimado relevantes para establecer diferencias, como ocurre, por ejemplo, en la legislación laboral y previsional. Del mismo modo resulta claramente razonable, y no arbitrario o caprichoso, que quienes celebran el contrato matrimonial definido en el artículo 102 del Código Civil, sean, precisamente, un hombre y una mujer, habida consideración a las finalidades de dicho contrato, establecidas en la misma norma cuestionada ”.
Noticia en InfoCatólica.
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