Martes 27 de diciembre de 2011.
RESUMEN VenL. El pleno de la cámara baja mexicana ha sometido a votación un proyecto de modificación al artículo 24 de la Constitución Nacional que establece lo siguiente: “Todo hombre es libre para profesar la creencia religiosa que más le agrade y para practicar las ceremonias, devociones o actos de culto respectivo, siempre que no constituyan un delito o una falta penados por la ley. El Congreso no puede dictar leyes que establezcan o prohíban religión alguna. Los actos religiosos de culto público se celebrarán ordinariamente en los templos. Los que extraordinariamente se celebren fuera de éstos se sujetarán a la ley reglamentaria”. En estos términos México no reconoce, a nivel constitucional, la libertad religiosa sino solo una parte de ella ligada al creer y al practicar cultos. Pero el concepto de libertad de religión es mucho más amplio.
Noticia en HazteOír.
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