P. Juan Manuel Cabezas. El c. 920 del Código de Derecho Canónico de 1983 nos recuerda la necesidad de observar lo que nuestra tradición cristiana ha llamado el cumplimiento pascual. En efecto, dice el canon citado que “todo fiel, después de la primera comunión, está obligado a comulgar por lo menos una vez al año. Este precepto debe cumplirse durante el tiempo pascual, a no ser que por causa justa se cumpla en otro tiempo dentro del año”.
En efecto, la Eucaristía es el sacramento del Cuerpo y de la Sangre de Cristo, culmen y fuente de todo el culto y de toda la vida cristiana (cf. c. 897), donde está presente el mismo Jesucristo físicamente, con su Cuerpo, Sangre, Alma y Divinidad. La mera consideración de lo que acabamos de decir debía enamorarnos de la Eucaristía, dar infinitas gracias a Dios por haberla inventado en su amor infinito y acudir a Misa con la mayor frecuencia posible, recibiendo la comunión siempre que estemos bien dispuestos.
Esta disposición de la comunión por Pascua de Resurrección fue proclamada en el IV Concilio ecuménico de Letrán, manteniéndose hasta el día de hoy. Ciertamente el hecho de que exista tal mandato en la Iglesia pone de manifiesto la poquísima fe que tenemos, pues la Iglesia como madre amorosa nos tiene que mandar que tengamos el tan mínimo amor a Jesucristo, Hijo de Dios, que por lo menos le recibamos una vez al año.
No es ningún rey ni presidente, ni ningún famoso de este mundo quien nos concede audiencia, es el mismo Rey de cielos y tierra quien quiere hablar con nosotros, entrar dentro de nuestro mismo cuerpo, incluso físicamente, y llenarnos de sus dones y bendiciones. Y a nosotros, desgraciadamente, parece como que no nos interesa.
Por eso, al menos cumplamos este mandamiento no faltando en recibir una vez al año la Comunión, confesando antes nuestros pecados, como ya explicamos en el artículo anterior sobre el segundo mandamiento de la Iglesia.
¿Desde qué edad nos obliga este mandamiento? Pues desde que hemos hecho la primera comunión, preparándonos dignamente para ello con la enseñanza del Catecismo y una vida consecuente con la fe que profesamos . La edad que la Iglesia recomienda para hacer la primera comunión es en la niñez, cuando la persona ha adquirido el uso de razón, lo que se sitúa normalmente a los siete años .
¿En qué tiempo debemos recibir la sagrada Comunión? El precepto nos obliga a recibirla al menos en el tiempo pascual, que en sentido estricto abarca desde el domingo de resurrección hasta el domingo de Pentecostés. No obstante, toda la tradición cristiana ha entendido el tiempo pascual en sentido amplio, como ciclo pascual, el cual incluye también su preparación durante la cuaresma. E incluso, como dice el canon, por una causa justa, podría cumplirse con este precepto en otro momento del año. Por ejemplo, por tener abundancia de confesores en otro momento, por lograr una mejor preparación espiritual, etc) .
Pero no podemos acabar esta explicación sin referir las condiciones requeridas por la Iglesia para hacer una comunión fructífera, a saber, no tener pecado mortal en el alma, lo que se logra con la previa confesión sacramental y haberse abstenido de tomar “cualquier alimento y bebida al menos desde una hora antes de la sagrada comunión, a excepción sólo del agua y de las medicinas” (c. 919 § 1).
El que comulga el Cuerpo y la Sangre de Cristo en pecado mortal comete un grave sacrilegio, que no sólo le impide recibir todas las gracias que Dios concede a los que comulgan bien, sino que aparta terriblemente a Dios del alma, haciéndolas enemigos y poniendo en peligro su propia salvación. Es el mismo San Pablo el que enseñaba, y es palabra de Dios, que “quien coma el pan o beba la copa del Señor indignamente, será reo del Cuerpo y de la Sangre del Señor (1 Cor 11, 27)”. Apartémonos pues de esta maligna práctica, desgraciadamente tan extendida en nuestros días en amplios sectores del pueblo de Dios.
En efecto, la Eucaristía es el sacramento del Cuerpo y de la Sangre de Cristo, culmen y fuente de todo el culto y de toda la vida cristiana (cf. c. 897), donde está presente el mismo Jesucristo físicamente, con su Cuerpo, Sangre, Alma y Divinidad. La mera consideración de lo que acabamos de decir debía enamorarnos de la Eucaristía, dar infinitas gracias a Dios por haberla inventado en su amor infinito y acudir a Misa con la mayor frecuencia posible, recibiendo la comunión siempre que estemos bien dispuestos.
Esta disposición de la comunión por Pascua de Resurrección fue proclamada en el IV Concilio ecuménico de Letrán, manteniéndose hasta el día de hoy. Ciertamente el hecho de que exista tal mandato en la Iglesia pone de manifiesto la poquísima fe que tenemos, pues la Iglesia como madre amorosa nos tiene que mandar que tengamos el tan mínimo amor a Jesucristo, Hijo de Dios, que por lo menos le recibamos una vez al año.
No es ningún rey ni presidente, ni ningún famoso de este mundo quien nos concede audiencia, es el mismo Rey de cielos y tierra quien quiere hablar con nosotros, entrar dentro de nuestro mismo cuerpo, incluso físicamente, y llenarnos de sus dones y bendiciones. Y a nosotros, desgraciadamente, parece como que no nos interesa.
Por eso, al menos cumplamos este mandamiento no faltando en recibir una vez al año la Comunión, confesando antes nuestros pecados, como ya explicamos en el artículo anterior sobre el segundo mandamiento de la Iglesia.
¿Desde qué edad nos obliga este mandamiento? Pues desde que hemos hecho la primera comunión, preparándonos dignamente para ello con la enseñanza del Catecismo y una vida consecuente con la fe que profesamos . La edad que la Iglesia recomienda para hacer la primera comunión es en la niñez, cuando la persona ha adquirido el uso de razón, lo que se sitúa normalmente a los siete años .
¿En qué tiempo debemos recibir la sagrada Comunión? El precepto nos obliga a recibirla al menos en el tiempo pascual, que en sentido estricto abarca desde el domingo de resurrección hasta el domingo de Pentecostés. No obstante, toda la tradición cristiana ha entendido el tiempo pascual en sentido amplio, como ciclo pascual, el cual incluye también su preparación durante la cuaresma. E incluso, como dice el canon, por una causa justa, podría cumplirse con este precepto en otro momento del año. Por ejemplo, por tener abundancia de confesores en otro momento, por lograr una mejor preparación espiritual, etc) .
Pero no podemos acabar esta explicación sin referir las condiciones requeridas por la Iglesia para hacer una comunión fructífera, a saber, no tener pecado mortal en el alma, lo que se logra con la previa confesión sacramental y haberse abstenido de tomar “cualquier alimento y bebida al menos desde una hora antes de la sagrada comunión, a excepción sólo del agua y de las medicinas” (c. 919 § 1).
El que comulga el Cuerpo y la Sangre de Cristo en pecado mortal comete un grave sacrilegio, que no sólo le impide recibir todas las gracias que Dios concede a los que comulgan bien, sino que aparta terriblemente a Dios del alma, haciéndolas enemigos y poniendo en peligro su propia salvación. Es el mismo San Pablo el que enseñaba, y es palabra de Dios, que “quien coma el pan o beba la copa del Señor indignamente, será reo del Cuerpo y de la Sangre del Señor (1 Cor 11, 27)”. Apartémonos pues de esta maligna práctica, desgraciadamente tan extendida en nuestros días en amplios sectores del pueblo de Dios.
P. Juan Manuel Cabezas.
Doctor en Derecho Canónico.
__________Doctor en Derecho Canónico.
gracias padre Juan Manuel.... muy claro, me sirvio mucho.
ResponderEliminarP. Juan Manuel,
ResponderEliminarMuchas gracias por el post.
Toda catequesis es poca.
Un saludo.